En América
En Argentina se considera PyME a las empresas que no superen el siguiente esquema de ingresos anuales sin impuestos (en pesos argentinos):
| Micro Empresa | |||||
| Pequeña Empresa | |||||
| Mediana Empresa |
o que hayan pedido excepción ante la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional para su inclusión como PyME por tener ingresos en dólares por realizar exportaciones.
En Chile el Ministerio de Economía define a las PyMEs como las empresas que venden anualmente entre 2.400 y 100.000 Unidades de Fomento (app entre US$ 81.000 y US$ 3.400.000 a Abril de 2007), mientras que la SOFOFA las define como las empresas que tienen entre 5 y 199 trabajadores.
En Perú, el termino PyME (pequeña y mediana empresa), ha sido reemplazado por MYPE (Micro y pequeña empresa), para favorecer con la legislacion laboral a las microempresas y pequeñas empresas; estas en el Perú, generan el 80% del empleo(sea formal e informal).
En México, el concepto de "número reducido de trabajadores" pierde sentido ya que las PyME pueden emplear hasta 499 trabajadores y aún ser consideradas PyME. En ese país, las PyME representan el 94% de las empresas; por esta razón, es vital su permanencia. Al respecto la Secretaría de Economía ha creado diversos programas para apoyarlas. Uno de ellos es la "Aceleración de Negocios", que consiste en facilitar a las micro, pequeñas y medianas empresas la utilización de esquemas de negocio que integren canales comerciales, optimización de procesos, desarrollo de productos y capacidad experta, que las prepare para competir en el mercado global. Dicho apoyo consiste en facultar a organismos capacitados para ayudar a las PyME buscando aquellos aspectos que impiden su crecimiento.
En Puerto Rico, donde la economía está basada en dólares estadounidenses, la curva de definición de las PyME (según la Compañía de Comercio y Exportación de Puerto Rico) ronda alrededor de los cinco millones. No obstante, al igual que en México, la cantidad de empleados no determina la categoría. Inclusive, individuos en áreas de servicios, pueden registar ventas de hasta 5 millones o más, y no se consideran microempresas.
Unión Europea
Según la Recomendación de la Comisión Europea de la Unión Europea de 6 de mayo de 2003, basándose en la Carta de la Pequeña Empresa emitida en el Consejo Europeo de Santa María da Feira en junio de 2000, con entrada en vigor el 1 de enero de 2005, es la unidad económica con personalidad jurídica o física que reúna los siguientes requisitos:[3]
| Tipo | Empleados | Facturación (Millones de €) |
Total de Balace (Millones de €) |
||
|---|---|---|---|---|---|
| Media empresa | |||||
| Pequeña empresa | |||||
| Micro empresa |
